| |
INFORME 1. EL PROCEDIMIENTO
CONCURSAL
Como ya conocen, la mercantil FÓRUM
FILATÉLICO S.A., fue declarada en concurso necesario
mediante auto de fecha 22 de Junio de 2006 por el Juzgado de
lo Mercantil nº 7 de Madrid.
En consecuencia, la Administración Concursal, al objeto
de elaborar el dictamen correspondiente, requirió a cada
uno de nuestros clientes para que en un plazo determinado manifestaran
sus créditos contra FÓRUM.
Este Despacho, en coordinación con las distintas asociaciones
a las que representa, llevó a cabo la ingente tarea de
presentar en plazo todas las cartas concursales que llegaron
a nuestras manos (cerca de 20.000 en el caso concreto de la
Asociación Perjudicados Fórum Madrid).
En reuniones mantenidas con la Administración Concursal
pudimos comprobar su intención de no reconocer las condiciones
económicas pactadas en los contratos firmados con Fórum
Filatélico. Por ello, recomendamos la estrategia de firmar
la carta concursal en discrepancia y acudir a las oficinas de
la Administración Concursal para solicitar las valoraciones
a fecha 22 de Junio de 2006, de forma que nuestros clientes
pudieran reclamar las revalorizaciones del capital que respondían
a las obligaciones de devolución asumidas por el concursado
y deudor (Fórum).
Con esta presión se pretendía advertir a la Administración
Concursal de la más que posible presentación de
miles de impugnaciones a su informe.
Como ya sabemos, esta estrategia ha tenido sus merecidos frutos,
ya que las revalorizaciones han sido reconocidas en el informe
concursal presentado el pasado 3 de Enero. En estos momentos
estamos valorando el contenido del informe y la necesidad o
no de impugnar otros aspectos del mismo.
Entre la finalización del plazo de presentación
de los créditos en el Juzgado nº 7 de lo Mercantil (3
de Octubre de 2006) y la presentación ante dicho Juzgado
del informe concursal (4 de Enero de 2007), han transcurrido
tres meses en los que no hemos dejado de velar por los intereses
de nuestros clientes.
En este sentido, se presentó un primer escrito ante el
Juzgado nº 7, con fecha 27 de Octubre de 2006, solicitando la
PRÁCTICA ANTICIPADA DE PRUEBA, es decir, reclamando la
base de datos de Fórum para evitar que cada asociado
tuviese que calcular el importe de su reclamación de
cara a las previsibles impugnaciones a presentar si la Administración
Concursal no hubiese estimado correctas las revalorizaciones
solicitadas.
(Descargar primer escrito en Word)
Ante el silencio del Juzgado y la no concesión de la
PRUEBA ANTICIPADA, se presentó un nuevo escrito, con
fecha 7 de Diciembre de 2006, reiterando nuestra solicitud y
haciendo hincapié en la alarma social innecesaria que
se estaba creando debido a la premura de los plazos legales
y a la falta de información.
(Descargar segundo escrito en Word)
La falta de contestación, por parte del Juzgado, no sólo
a la prueba solicitada sino también a las personaciones
presentadas, dio lugar a la presentación de un tercer
escrito, con fecha 14 de Diciembre de 2006, esta vez ante el
Consejo General del Poder Judicial denunciando los hechos y
la “falta de medios” esgrimida como excusa por el
Juzgado para justificar el retraso en acreditar la presentación
de las cartas concursales.
(Descargar tercer escrito en Word)
Fue necesario un cuarto escrito, de fecha 22 de Diciembre de
2006, presentado de nuevo ante el Consejo General del Poder
Judicial, para denunciar la indefensión absoluta de nuestros
clientes motivada por la inactividad procesal del Juzgado de
lo Mercantil nº 7 de Madrid.
(Descargar cuarto escrito en Word)
A día de hoy estos problemas están solventados:
la presentación de las cartas concursales ha sido acreditada
por el Juzgado y aunque la providencia de las personaciones
no se nos ha notificado todavía por escrito, sí
hemos tenido acceso a ella.
Una vez resuelto lo anterior, nos centramos ahora en el análisis
exhaustivo del informe concursal, no sólo en lo que se
refiere a los créditos reconocidos a los acreedores,
sino también en lo que atañe a la valoración
que del activo de Fórum Filatélico han hecho los
administradores concursales. Nos encontramos ante un procedimiento
cuya terminación se llevará a cabo mediante la
propuesta y aceptación de un convenio o mediante la liquidación
de la sociedad por parte de la Administración Concursal
si el convenio no fuese propuesto o aprobado. Este despacho
estudiará en profundidad todas las opciones que se presenten,
buscando siempre el máximo beneficio para nuestros clientes.
En Madrid a 15 de Enero de 2007
José Carlos Marín Lucas
Director Bufete Marín
|
|