| |
INFORME 2. EL PROCEDIMIENTO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Queridos amigos
Cuando la Junta Directiva de la Asociación “Perjudicados
Fórum Madrid” firmó con el Bufete Marín
la Hoja de Encargo y Aceptación de Prestación
de Servicios Profesionales, una de las principales obligaciones
que asumió este Despacho fue la de elaborar y presentar
en nombre de todos ustedes una demanda contencioso-administrativa
de responsabilidad contra el Estado. Todos los letrados miembros
del bufete sabíamos, desde un principio, antes incluso
de recibir la petición por parte de la Asociación,
que la representación y mejor defensa de los intereses
de todos los miembros de la misma pasaría por la reclamación
de la responsabilidad patrimonial, derivada de la actuación
de las Administraciones Públicas en el caso FÓRUM
FILATÉLICO.
Como ya saben, la vía previa de esta reclamación
se presentó el pasado martes 16 de Enero en el registro
del Ministerio de Economía y Hacienda, organismo cuyo
informe a la Fiscalía fue el desencadenante de la intervención
judicial a FÓRUM FILATÉLICO.
La Asociación nos ha solicitado una aproximación
al texto presentado, con el fin de acercar nuestro trabajo a
los asociados. El documento de la reclamación consta
de 50 páginas, en las que se recogen todo tipo de argumentos
jurídicos y fundamentos de derecho, así como un
análisis de la naturaleza jurídica del negocio
de FÓRUM y de la consiguiente responsabilidad patrimonial
del Estado, tanto si la actividad de la compañía
fuese calificada como mercantil o como financiera. Incluye también,
como anexo, un informe pericial de 25 páginas, emitido
por un experto economista y auditor, en el que se evalúa
la naturaleza de las operaciones que realizaba FÓRUM
FILATÉLICO.
Consideramos que publicar ahora la reclamación completa,
desvelando así la estrategia jurídica del Despacho,
podría perjudicar la defensa de nuestros representados.
Por ello, lo que ofrecemos aquí es sólo un resumen
del contenido de nuestro escrito. Esperamos que todos comprendan
esta decisión y la valoren como una medida de prudencia
que sólo busca proteger los intereses de nuestros clientes.
En su debido momento, una vez finalice el plazo de un año
desde la intervención que por ley tenemos para presentar
la reclamación, autorizaremos a la Asociación
para colgar en su Web el texto íntegro de la misma.
Resumen del Contenido de la Reclamación
por Responsabilidad Patrimonial contra la Administración
del Estado:
Dicha reclamación tiene como finalidad que se dicte resolución
por la que:
- PRIMERO - Se reconozca la existencia
de Responsabilidad de las Administraciones Publicas, que por
su anormal comportamiento han ocasionado un daño individualizado,
efectivo, evaluable económicamente, y antijurídico
a los reclamantes y,
- SEGUNDO - Ordenar el pago a cada
uno de ellos del importe del daño producido, en la
cuantía correspondiente, cuantificándose como
“Valor a vencimiento de contrato”, la cual deberá
ser actualizada por aplicación del IPC hasta la fecha
de la resolución final del procedimiento de Responsabilidad
Patrimonial y, a la que se deberían añadir los
intereses por mora correspondientes.
Los fundamentos de la Reclamación
se sustentan en la actitud de la Administración ante
una actividad, sea mercantil o financiera, como la que venía
realizando FÓRUM, que era pública, notoria, conocida
y consentida durante más de veinte años, y respecto
a la cual la Administración del Estado ha generado una
apariencia de legalidad que supuestamente no coincide con la
realidad, porque:
- 1 - No ha controlado el mercado y
no ha detectado la supuesta estafa que según la Fiscalía
se estaba cometiendo en perjuicio de los clientes de FÓRUM;
luego la Administración del Estado ha actuado de
forma negligente en contra de los intereses de los administrados.
- 2 - No ha legislado con mayor profundidad
la actividad a la que se refiere la Disposición Adicional
Cuarta de la Ley 35/2003, para haber establecido unos mecanismos
que la dotaran de una mayor transparencia, control y seguridad
para los ciudadanos. Así mismo, no ha desarrollado
reglamentariamente lo dispuesto en la citada Disposición
Adicional de dicha Ley de Instituciones de Inversión
Colectiva.
- 3 - Y, al estar las Sociedades de
Inversión en Bienes Tangibles, como FÓRUM, injusta
y deliberadamente excluidas del sistema financiero español,
escapan a los mecanismos de seguridad que regulan y supervisan
el sistema de garantías de los depósitos a través
del Banco de España y la Comisión Nacional de
Mercado de Valores.
- 4 - Ha intervenido una empresa privada,
sustentando su decisión en meros indicios y sin mayores
evidencias, cuando no sólo no lo exige el interés
general, (como recoge el arto. 128. 2 de la Constitución
Española), sino que esta medida ha ocasionado que,
de forma imprevista, los clientes de FÓRUM se vieran
desprovistos de todo su dinero invertido y de sus correspondientes
revalorizaciones, conociendo la Administración
que para este tipo de actividades no existe ningún
fondo de garantía.
- 5 - Ha permitido que entidades que
no son financieras presuntamente realicen tales actividades
mediante asunción de compromisos de recompra sobre
bienes tangibles con revalorizaciones garantizadas, lo que,
según la fiscalía, servía para encubrir
operaciones de captación de ahorro financiero.
- 6 - Y todo ello, sin sometimiento
a los organismos financieros especializados y encomendando
esta difícil y especializada tarea a las autoridades
de consumo, que tienen otra naturaleza y persiguen fines diferentes;
sin exigírseles autorización administrativa
y sin determinar la autoridad que ante supuestas infracciones
pueda imponer sanciones.
- 7 - No ha creado en el ordenamiento
un tipo específico de Entidades Financieras con sus
correspondientes obligaciones singulares y la expresa atribución
de su supervisión a una entidad determinada para referirse
a las que desempeñan las actividades contempladas en
la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 35/2006,
de Instituciones de Inversión Colectiva.
- 8 - No ha impulsado una información
y formación a los consumidores, en orden a advertir
que las actividades de este tipo de sociedades como FÓRUM,
podían suponer un riesgo, ya que se desarrollaban sin
la preceptiva autorización administrativa, exentas
de cualquier tipo de control administrativo, huérfanas
de normativa reguladora y exentas de garantías para
los consumidores del sector.
- 9 - Ha imposibilitado ejercer
los derechos de recompra y obtener sus revalorizaciones, como
consecuencia de la intervención realizada el 9
de Mayo de 2006 y posterior declaración del concurso
necesario de acreedores de FÓRUM. De esta forma, a
los hoy reclamantes, se les ha privado de la posibilidad de
ejercer sus derechos de recompra llegados los vencimientos
de sus contratos ejerzan y obtengan las revalorizaciones pactadas.
- 10 - Además, con la alarmante
y desproporcionada intervención, se ha producido
un verdadero hundimiento del mercado filatélico.
Lo que en absoluto favorece una recuperación del dinero
invertido mediante la correcta liquidación de uno de
los activos más importantes de FÓRUM FILATÉLICO.
Esta Reclamación, previa a la vía Contencioso-Administrativa,
ha de interponerse en el plazo de un año desde que se
produjo la intervención el 9 de Mayo de 2006. Tal y como
ya se les hizo saber a través de esta Web en anterior
comunicado, el primer grupo de reclamaciones correspondía
a mil asociados. En las próximas semanas y siempre antes
de vencer el plazo, se irán presentando las reclamaciones
del resto de los miembros de la Asociación.
Transcurridos seis meses desde la presentación de esta
Reclamación Patrimonial contra la Administración
del Estado, si no hubiera resolución por su parte, operaría
el silencio administrativo negativo y se podría interponer
la demanda Contencioso-Administrativa ante la Audiencia Nacional.
Deseamos que este resumen haya satisfecho, siquiera en parte,
su lógica necesidad de información. Nosotros seguiremos
trabajando con el único objetivo de lograr que todos
ustedes recuperen cuanto antes lo que es suyo y les comunicaremos
puntualmente cualquier novedad o avance en este sentido.
Atentamente
Isabel de Diego Quevedo
Abogada
Responsable del Área Contencioso – Administrativa
|
Presidentes y representantes
de las asociaciones que trabajan con el Bufete Marín,
junto a letrados de este Despacho, el pasado martes 16
de Enero frente al Ministerio de Economía y Hacienda,
en la presentación del primer grupo de reclamaciones.
La noticia fue publicada el mismo día en el diario
El Mundo. (Descargar
noticia en PDF)
|
|
|