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Bufete Marín
INFORMA 

 

INFORME 2. EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Queridos amigos

Cuando la Junta Directiva de la Asociación “Perjudicados Fórum Madrid” firmó con el Bufete Marín la Hoja de Encargo y Aceptación de Prestación de Servicios Profesionales, una de las principales obligaciones que asumió este Despacho fue la de elaborar y presentar en nombre de todos ustedes una demanda contencioso-administrativa de responsabilidad contra el Estado. Todos los letrados miembros del bufete sabíamos, desde un principio, antes incluso de recibir la petición por parte de la Asociación, que la representación y mejor defensa de los intereses de todos los miembros de la misma pasaría por la reclamación de la responsabilidad patrimonial, derivada de la actuación de las Administraciones Públicas en el caso FÓRUM FILATÉLICO.

Como ya saben, la vía previa de esta reclamación se presentó el pasado martes 16 de Enero en el registro del Ministerio de Economía y Hacienda, organismo cuyo informe a la Fiscalía fue el desencadenante de la intervención judicial a FÓRUM FILATÉLICO.

La Asociación nos ha solicitado una aproximación al texto presentado, con el fin de acercar nuestro trabajo a los asociados. El documento de la reclamación consta de 50 páginas, en las que se recogen todo tipo de argumentos jurídicos y fundamentos de derecho, así como un análisis de la naturaleza jurídica del negocio de FÓRUM y de la consiguiente responsabilidad patrimonial del Estado, tanto si la actividad de la compañía fuese calificada como mercantil o como financiera. Incluye también, como anexo, un informe pericial de 25 páginas, emitido por un experto economista y auditor, en el que se evalúa la naturaleza de las operaciones que realizaba FÓRUM FILATÉLICO.

Consideramos que publicar ahora la reclamación completa, desvelando así la estrategia jurídica del Despacho, podría perjudicar la defensa de nuestros representados. Por ello, lo que ofrecemos aquí es sólo un resumen del contenido de nuestro escrito. Esperamos que todos comprendan esta decisión y la valoren como una medida de prudencia que sólo busca proteger los intereses de nuestros clientes. En su debido momento, una vez finalice el plazo de un año desde la intervención que por ley tenemos para presentar la reclamación, autorizaremos a la Asociación para colgar en su Web el texto íntegro de la misma.

Resumen del Contenido de la Reclamación por Responsabilidad Patrimonial contra la Administración del Estado:

Dicha reclamación tiene como finalidad que se dicte resolución por la que:

  • PRIMERO - Se reconozca la existencia de Responsabilidad de las Administraciones Publicas, que por su anormal comportamiento han ocasionado un daño individualizado, efectivo, evaluable económicamente, y antijurídico a los reclamantes y,

  • SEGUNDO - Ordenar el pago a cada uno de ellos del importe del daño producido, en la cuantía correspondiente, cuantificándose como “Valor a vencimiento de contrato”, la cual deberá ser actualizada por aplicación del IPC hasta la fecha de la resolución final del procedimiento de Responsabilidad Patrimonial y, a la que se deberían añadir los intereses por mora correspondientes.


Los fundamentos de la Reclamación se sustentan en la actitud de la Administración ante una actividad, sea mercantil o financiera, como la que venía realizando FÓRUM, que era pública, notoria, conocida y consentida durante más de veinte años, y respecto a la cual la Administración del Estado ha generado una apariencia de legalidad que supuestamente no coincide con la realidad, porque:

  • 1 - No ha controlado el mercado y no ha detectado la supuesta estafa que según la Fiscalía se estaba cometiendo en perjuicio de los clientes de FÓRUM; luego la Administración del Estado ha actuado de forma negligente en contra de los intereses de los administrados.

  • 2 - No ha legislado con mayor profundidad la actividad a la que se refiere la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 35/2003, para haber establecido unos mecanismos que la dotaran de una mayor transparencia, control y seguridad para los ciudadanos. Así mismo, no ha desarrollado reglamentariamente lo dispuesto en la citada Disposición Adicional de dicha Ley de Instituciones de Inversión Colectiva.

  • 3 - Y, al estar las Sociedades de Inversión en Bienes Tangibles, como FÓRUM, injusta y deliberadamente excluidas del sistema financiero español, escapan a los mecanismos de seguridad que regulan y supervisan el sistema de garantías de los depósitos a través del Banco de España y la Comisión Nacional de Mercado de Valores.

  • 4 - Ha intervenido una empresa privada, sustentando su decisión en meros indicios y sin mayores evidencias, cuando no sólo no lo exige el interés general, (como recoge el arto. 128. 2 de la Constitución Española), sino que esta medida ha ocasionado que, de forma imprevista, los clientes de FÓRUM se vieran desprovistos de todo su dinero invertido y de sus correspondientes revalorizaciones, conociendo la Administración que para este tipo de actividades no existe ningún fondo de garantía.

  • 5 - Ha permitido que entidades que no son financieras presuntamente realicen tales actividades mediante asunción de compromisos de recompra sobre bienes tangibles con revalorizaciones garantizadas, lo que, según la fiscalía, servía para encubrir operaciones de captación de ahorro financiero.

  • 6 - Y todo ello, sin sometimiento a los organismos financieros especializados y encomendando esta difícil y especializada tarea a las autoridades de consumo, que tienen otra naturaleza y persiguen fines diferentes; sin exigírseles autorización administrativa y sin determinar la autoridad que ante supuestas infracciones pueda imponer sanciones.

  • 7 - No ha creado en el ordenamiento un tipo específico de Entidades Financieras con sus correspondientes obligaciones singulares y la expresa atribución de su supervisión a una entidad determinada para referirse a las que desempeñan las actividades contempladas en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 35/2006, de Instituciones de Inversión Colectiva.

  • 8 - No ha impulsado una información y formación a los consumidores, en orden a advertir que las actividades de este tipo de sociedades como FÓRUM, podían suponer un riesgo, ya que se desarrollaban sin la preceptiva autorización administrativa, exentas de cualquier tipo de control administrativo, huérfanas de normativa reguladora y exentas de garantías para los consumidores del sector.

  • 9 - Ha imposibilitado ejercer los derechos de recompra y obtener sus revalorizaciones, como consecuencia de la intervención realizada el 9 de Mayo de 2006 y posterior declaración del concurso necesario de acreedores de FÓRUM. De esta forma, a los hoy reclamantes, se les ha privado de la posibilidad de ejercer sus derechos de recompra llegados los vencimientos de sus contratos ejerzan y obtengan las revalorizaciones pactadas.

  • 10 - Además, con la alarmante y desproporcionada intervención, se ha producido un verdadero hundimiento del mercado filatélico. Lo que en absoluto favorece una recuperación del dinero invertido mediante la correcta liquidación de uno de los activos más importantes de FÓRUM FILATÉLICO.


Esta Reclamación, previa a la vía Contencioso-Administrativa, ha de interponerse en el plazo de un año desde que se produjo la intervención el 9 de Mayo de 2006. Tal y como ya se les hizo saber a través de esta Web en anterior comunicado, el primer grupo de reclamaciones correspondía a mil asociados. En las próximas semanas y siempre antes de vencer el plazo, se irán presentando las reclamaciones del resto de los miembros de la Asociación.

Transcurridos seis meses desde la presentación de esta Reclamación Patrimonial contra la Administración del Estado, si no hubiera resolución por su parte, operaría el silencio administrativo negativo y se podría interponer la demanda Contencioso-Administrativa ante la Audiencia Nacional.

Deseamos que este resumen haya satisfecho, siquiera en parte, su lógica necesidad de información. Nosotros seguiremos trabajando con el único objetivo de lograr que todos ustedes recuperen cuanto antes lo que es suyo y les comunicaremos puntualmente cualquier novedad o avance en este sentido.

Atentamente

Isabel de Diego Quevedo
Abogada
Responsable del Área Contencioso – Administrativa


Presidentes y representantes de las asociaciones que trabajan con el Bufete Marín, junto a letrados de este Despacho, el pasado martes 16 de Enero frente al Ministerio de Economía y Hacienda, en la presentación del primer grupo de reclamaciones. La noticia fue publicada el mismo día en el diario El Mundo. (Descargar noticia en PDF)