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Bufete Marín
INFORMA 

 

INFORME 7: EL PROCEDIMIENTO PENAL. DECLARACIÓN DE LA CNMV. MARZO 2009

DECLARACIONES DE LOS RESPONSABLES DE LA CNMV EN EL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 5 DE LA AUDIENCIA NACIONAL. DILIGENCIAS PREVIAS 148/2006. CASO FORUM FILATÉLICO.

       1.- Don Juan José Emilio Fernández Armesto Fernández de España presta declaración el 13 de Marzo de 2.009, día en el que está prevista la declaración del resto de los testigos que se refieren a continuación, si bien y habida cuenta que el Ilustrísimo Juez Instructor, inició la declaración con dos horas de retraso, solamente fue posible practicar la declaración de éste testigo, posponiéndose las demás para el día 23 de Marzo de 2.009.

El Sr. Fernández Armesto fue Presidente de la CNMV entre Octubre de 1.996 y Octubre de 2.000 y sostiene que nada supo de FORUM FILATÉLICO hasta que aconteció la intervención judicial en el año 2.006, enterándose del funcionamiento de la Sociedad filatélica, por lo que se manifestaba en los medios de comunicación.

En la CNMV existe un servicio de reclamaciones atendido por Doña Gloria Bombín. Dichas reclamaciones no seguían un criterio formal administrativo, sino que incluso se atendían de manera oral. El servicio de reclamaciones era un departamento pequeño y con escasa importancia en la CNMV y el testigo manifiesta que apenas le merecía atención.

En la Memoria del año 1.999 de la CNMV, en la página 21, se contienen referencias a la reclamación presentada por un interesado y a que fue resuelta dándole la razón al reclamante. Aunque reconoce que la Memoria está firmada por él y que por tanto la aprobó, no conoce los pormenores de la reclamación en cuestión.

No ratifica las manifestaciones periodísticas de Doña Concha Rubio que el 13 de Diciembre de 2.007 escribió que el testigo hubiera manifestado que FORUM FILATÉLICO fuera un “banco de facto” puesto que sólo sabe de esta empresa lo que ha leído en la prensa, de ahí que tampoco pueda asegurar que FORUM FILATÉLICO se dedicara a captar ahorro público.

Se le pregunta sobre el sistema de funcionamiento y organización de los expedientes administrativos cuando una reclamación entra en la CNMV, alegando casi total desconocimiento, si bien asegura reiteradamente que cualquier reclamación formulada ante la CNMV merecía inmediatamente un análisis de modo que cuando correspondía a títulos valores se reservaba para resolverla la propia CNMV, cuando atendía a depósitos económicos se trasladaba al Banco de España y cuando correspondía a seguros a la Dirección General de Seguros. El resto carecían de organismo regulador específico y se recomendaba remitirlas a la Justicia ordinaria.

Asegura por tanto que si un expediente es tramitado y resuelto por la CNMV es porque comprendería materias propias de este organismo.

A continuación se le exhibe documentación relativa a la reclamación que realizó un particular en el año 1.999, demostrándosele que se le asignó un número de expediente (119/99), que se resolvió a favor del reclamante y que además Doña Gloria Bombín envió una carta al interesado cuando finalizó la tramitación devolviéndole la documentación que en su día había aportado, lo que induce a considerar que si la CNMV tramitó este expediente es porque la Directora del Servicio de Reclamaciones consideró que entraba en las competencias de la CNMV.

No ofrece una explicación coherente y razonable.

Al mismo tiempo, se le acredita por exhibición de la página 41 de la pieza documental 5, Tomo I, que siendo Don Pedro Villegas Insp ector de la CNMV recibió en Marzo de 1.999 un correo electrónico sobre la citada reclamación contra FORUM FILATÉLICO, y que motivó la tramitación del expediente antes referido. Contesta que él era el Presidente, que se ocupaba de cosas más importantes y que ésas reclamaciones nunca las conocía.

Explica que, durante su mandato, Doña Gloria Bombín rendía cuentas a su superior jerárquico, Don Salvador Meca, Secretario General de la CNMV, si bien la Sra. Bombín tenía libertad para decidir en cada expediente de reclamación, aunque podía solicitar ayuda o asesoramiento a los Letrados del departamento o a los superiores jerárquicos.

         2.- Declaración de Don Blas Calzada Terrados. Fue presidente de la CNMV entre Septiembre de 2.001 y Octubre de 2.004 y conocía FORUM FILATÉLICO especialmente por el patrocinio de un equipo de baloncesto en Valladolid de donde el testigo es oriundo.

El departamento de reclamaciones lo dirigía Gloria Bombín, que tenía capacidad para resolver y a veces consultaba con los directores generales.

Según su criterio, FORUM FILATÉLICO, por su objeto empresarial, era competencia de la Dirección General de Consumo y no sabe si se dio traslado a este organismo de la reclamación del año 1.999.

Acerca de la mención que existe en la Memoria del año 1.999 sobre varias entidades financieras no registradas, sostiene que cuando tienen conocimiento de una de ellas, denominadas “chiringuitos”, hacen los trámites para cerrarla, si bien en el caso de que comercie con valores remiten la documentación al Banco de España por ser de su competencia. No tiene constancia de que se abriera un expediente en la CNMV por la denuncia contra FORUM FILATÉLICO. Muchas consultas no motivan la incoación de un expediente, y cuando procede su formalización se resuelven por los Directores Generales de entidades y de supervisión, nombrándose dos instructores para cada expediente.

Es preguntado acerca de si al amparo de los Arts. 31.4 y 2.c de la Ley 37/1998, cabía la posibilidad de que se hubiera supervisado, controlado y regulado el mercado filatélico por alguna institución estatal, limitándose a debatir jurídicamente con el Letrado de ADICAE sobre estos extremos y sin aclarar el asunto.

Se le pregunta sobre el paralelismo entre los OTC (mercados no organizados), generalmente del trigo y del aceite, y la filatelia que realizaba FORUM FILATÉLICO, dado que en los OTC se pacta en el mismo momento el precio de compra y venta del producto sin que el interesado posea nunca el bien transmitido, iniciándose igualmente una diatriba legal sobre las opiniones del Letrado interrogante y del testigo.

Reconoce a preguntas nuestras que en el caso de que se incoara un expediente por la denuncia contra FORUM FILATÉLICO, debió necesariamente darse traslado a esta empresa para que conociera la denuncia y presentara alegaciones, motivo por el que finalmente se dictó una resolución por Doña Gloria Bombín dando la razón al reclamante.

Reconoce que durante su mandato hubo conversaciones y comentarios acerca de la necesidad de regular el mercado de sellos, obras de arte, árboles y otros bienes tangibles, discutiéndose cuál era el organismo competente para su regulación, encargándose un informe al Director Jurídico de la CNMV y que por tanto debe estar en los archivos de la institución. Preguntado por el motivo de que dicho informe no haya sido enviado al Juzgado a pesar del requerimiento llevado a cabo, alega desconocerlo.

Amplia la información afirmando que se hicieron dictámenes para ver si era necesario regular este mercado y a quién competía, si al Banco de España, a la Dirección General de Consumo o a otro organismo, especialmente desde la publicación de la Ley 37/1998 y hasta el año 2.003. Asegura que en esas discusiones estuvo presente alguien de la Asesoría Jurídica de la CNMV.

         3.- Javier Rodríguez Pellitero.
Fue Subdirector de la Asesoría Jurídica de la CNMV desde Noviembre de 1.999 hasta el año 2.004 en que le nombran Director de la Asesoría Jurídica y Director General del Servicio Jurídico, así como Secretario del Consejo en el año 2.005.

El testigo mantiene una actitud beligerante y de completo rechazo hacia las preguntas de los Letrados de las acusaciones, refugiándose siempre en criterios administrativos y regulaciones legales para huir de contestaciones directas. Elude constantemente cualquier responsabilidad de la CNMV y sostiene tercamente que este organismo carecía de competencias y de posibilidades para regular el mercado filatélico.

Reconoce que se hizo el informe jurídico al que aludió Don Blas Calzada, incluso que lo redactó él mismo, si bien sostiene que no se ha mandado al Juzgado porque según su criterio no atañe al asunto que se enjuicia en esta causa.

          4.- Manuel Conthe Gutiérrez.
Fue Presidente de la CNMV desde Octubre de 2.004 hasta su dimisión, posterior a la intervención de FORUM FILATÉLICO. Está convencido que FORUM FILATÉLICO se dedicaba a captar ahorro público, exponiendo elocuentemente que la captación de ahorro disfrazada en la compraventa de bienes tangibles es una práctica con más de 20 siglos de antigüedad, y que aún cuando se maquille con la compra y posterior venta de bienes, no es más que la entrega de un dinero para la obtención de un beneficio económico. El subyacente o bien que es objeto de compraventa poco importa al cliente, puesto que sólo tiene interés en la plusvalía que el depósito económico vaya a generar.

Sostiene que, dada la particularidad del negocio, el Banco de España debía de haber intervenido, puesto que entraba dentro de sus competencias, criterio que según el testigo se corrobora con el Informe de la Agencia Tributaria que motivó la intervención policial de FORUM FILATÉLICO y en el que se sostenía que la actividad de la empresa era financiera.

No conocía durante su mandato el verdadero negocio de FORUM FILATÉLICO y si lo hubiera sabido lo hubiera puesto en conocimiento de las autoridades competentes. Desconoce igualmente la comida que se celebró durante su mandato en el Hotel Santo Mauro entre personal de la CNMV y Directivos de FORUM FILATÉLICO, aunque no le otorga mayor importancia puesto que eran frecuentes los contactos entre empresas y la CNMV para resolver dudas y cuestiones.

Es previsible que en los próximos días todas las partes interesen la declaración de Doña Gloria Bombín, así como la aportación al Juzgado del Informe Jurídico hecho por Don Javier Rodríguez Pellitero durante el mandato de Don Blas Calzada Terrados.

Tras estas diligencias deberá evaluarse si las pruebas implican a la CNMV por omisión de funciones en el presunto fraude llevado a cabo por FORUM FILATÉLICO con sus clientes.

En las declaraciones de todos los testigos tanto la Fiscalía como la defensa de FORUM FILATÉLICO han mantenido una tesis unidireccional tendente a exculpar en todo momento a la CNMV y sus Directivos.

          En Madrid, a 27 de Marzo de 2009